5 de septiembre de 2026

Jueza de Bogotá ordena frenar ataques aéreos si hay menores en grupos armados

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Un juzgado de Bogotá ordenó este jueves al presidente colombiano, Abelardo de la Espriella, y a las Fuerzas Armadas abstenerse de realizar ataques aéreos contra grupos armados cuando exista información sobre la posible presencia de menores de edad, en una medida cautelar adoptada dentro de una acción de tutela. La decisión, emitida por la jueza 34 de Familia, Viviana Arciniegas, responde a la muerte de cuatro adolescentes en operaciones militares en las últimas semanas: tres en un bombardeo contra disidencias de las FARC en Guaviare y uno en un ataque contra el ELN en el Catatumbo.

La jueza determinó que los despliegues aéreos solo podrán realizarse cuando se determine que no existe una alternativa menos lesiva para alcanzar el objetivo militar, aplicando el principio de precaución ante el carácter irreversible de los daños a menores. La orden, de obligatorio cumplimiento, estará vigente mientras se adopta una decisión de fondo sobre la tutela, y advierte que el desacato podría derivar en sanciones para los funcionarios responsables.

El fallo se produce un día después de que De la Espriella defendiera la intensificación de las operaciones militares y asegurara que la ofensiva “no se detendrá”. La decisión también abre un frente político: 19 congresistas de oposición presentaron una moción de censura contra el ministro de Defensa, Jorge Eduardo Mora, para que explique la información disponible sobre la presencia de menores antes del bombardeo. Colombia registra más de 1.100 casos de reclutamiento de niños y adolescentes en el conflicto armado entre 2024 y julio de 2026, según la Defensoría del Pueblo.

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